Soacha, Cundinamarca febrero 28 de 2021
Señores: COPROPIETARIOS
CONJUNTO RESIDENCIAL TORRES DEL PARQUE
Respetados Copropietarios
En mi calidad de Administrador y Representante Legal del Conjunto Residencial Torres Del Parque Régimen de Propiedad Horizontal en ejercicio de las facultades consagradas en el Reglamento de Propiedad Horizontal Capitulo 1 Artículos 51°, y en la Ley 675 del 03 de agosto de 2001, me permito convocar a Asamblea General Ordinaria de Copropietarios que se llevará a cabo el día DOMINGO 21 DE MARZO DEL AÑO 2021 A LAS 8:00 A.M. en forma Virtual No presencial
Orden del día:
- Registro de asistencia residentes en la plataforma virtual y verificación del Quórum
- Lectura y aprobación del orden del día y reglamento de la asamblea. (Votación)
- Elección del Presidente y Secretario de la Asamblea. (Votación)
- Elección comisión verificadora del acta de la presente reunión (Votación)
- Informe de gestión de administración y consejo de administración 2020.
- Dictamen e informe Revisor Fiscal.
- Presentación y aprobación estados financieros con corte a 31 diciembre del 2020 (Votación)
- Presentación y aprobación proyecto de presupuesto para el año 2021 (Votación)
- Elección o ratificación Revisor Fiscal para el periodo 2021-2022 (Votación)
- Elección o ratificación Consejo De Administración 2021-2022 (Votación)
- Elección Comité de Convivencia 2021-2022. (Votación)
- Proposiciones y varios (Votación)
- Cierre.
Si no hubiere quórum para deliberar en la reunión de primera Convocatoria, transcurrida una (1) hora después de la hora citada, en cumplimiento del Art. 41° de la Ley 675 de 2001[1], se convoca a una nueva reunión de Asamblea General de Propietarios del Conjunto Residencial Torres del Parque para el día MIÉRCOLES 24 DE MARZO DEL 2021 A LA HORA 8:00 P.M. en forma Virtual siendo quórum para deliberar y decidir un número plural de propietarios, cualquiera que sea el porcentaje de coeficientes representados, según art 37 de la ley 675 del 2001 las decisiones tomadas obligan a disidentes y ausentes.
Artículo 42. Reuniones no presenciales
Siempre que ello se pueda probar, habrá reunión de la asamblea general cuando por cualquier medio los propietarios de bienes privados o sus representantes o delegados puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva de conformidad con el quórum requerido para el respectivo caso. En este último caso, la sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo con el medio empleado, de lo cual dará fe el revisor fiscal de la copropiedad.
PARÁGRAFO. Para acreditar la validez de una reunión no presencial, deberá quedar prueba inequívoca, como fax, grabación magnetofónica o similar, donde sea claro el nombre del propietario que emite la comunicación, el contenido de la misma y la hora en que lo hace, así como la correspondiente copia de la convocatoria efectuada a los copropietarios
Las inquietudes y observaciones de contabilidad serán atendidas en la oficina de administración el día 13 de marzo de 2021 en horario de 9 am a 12 am.
RECOMENDACIONES ESPECIALES
- Si usted no puede asistir, favor otorgar poder a la persona que usted estime conveniente, con facultades especiales para proponer, decidir, votar, así como para postular, en caso de tener la intención de postularse al consejo de administración y comité de convivencia, deberá contar con un poder especial. El poder lo otorga quien aparezca como copropietario(s) en el CERTIFICADO DE TRADICIÓN Y LIBERTAD
- No olvide tener los informes de administración, estados financieros, presupuestos, los cuales se estarán entregando en las porterías, correo electrónico, plataforma citoplus y página web www.torresdelparque.com
Agradezco su atención.
EDWIN ARMANDO CIFUENTES RODRÍGUEZ
Nota: En los correos registrados se estará enviando la información de conexión e informes de la asamblea general de copropietarios 2021.
Administrador DEUDORES CON DOS O MAS CUOTAS VENCIDAS A DICIEMBRE 31 DE 2020 Se publica de acuerdo al Parágrafo 2. Artículo 39 de la ley 675 de 2001
