Soacha, Cundinamarca 23 febrero de 2022
Señores: COPROPIETARIOS
CONJUNTO RESIDENCIAL TORRES DEL PARQUE
Respetados Copropietarios:
En mi calidad de Administrador y Representante Legal del Conjunto Residencial Torres Del Parque, Régimen de Propiedad Horizontal en ejercicio de las facultades consagradas en el Reglamento de Propiedad Horizontal Capitulo 1 Artículos 51°, y en la Ley 675 del 03 de agosto de 2001, me permito convocar a Asamblea General Ordinaria de Copropietarios que se llevará a cabo el día DOMINGO 03 DE ABRIL DEL AÑO 2022 A LAS 8:00 A.M. en forma Virtual No presencial.
Orden del día:
- Registro de asistencia residentes plataforma virtual y verificación del Quórum
- Lectura y aprobación del orden del día y reglamento de la asamblea. (Votación)
- Elección del Presidente y Secretario de la Asamblea. (Votación)
- Elección comisión verificadora del acta de la presente reunión (Votación)
- Informe de gestión de administración y consejo de administración 2021.
- Dictamen e informe Revisor Fiscal.
- Presentación y aprobación estados financieros con corte a 31 de diciembre 2021 (Votación)
- Presentación y aprobación proyecto de presupuesto para el año 2022 (Votación)
- Elección o ratificación Revisor Fiscal para el periodo 2022-2023 (Votación)
- Elección o ratificación Consejo De Administración 2022-2023 (Votación)
- Elección Comité de Convivencia 2022-2023. (Votación)
- Proposiciones y varios (Votación)
- Cierre.
Si no hubiere quórum para deliberar en la reunión de primera Convocatoria, transcurrida una (1) hora después de la hora citada, en cumplimiento del Art. 41° de la Ley 675 de 20011, se convoca a una nueva reunión de Asamblea General de Propietarios del Conjunto Residencial Torres del Parque para el día miércoles 06 de abril de 2022 A LA HORA 8:00 P.M. en forma Virtual siendo quórum para deliberar y decidir un número plural de propietarios, cualquiera que sea el porcentaje de coeficientes representados, según art 37 de la ley 675 de 2001 las decisiones tomadas obligan a disidentes o ausentes.
Artículo 42. Reuniones no presenciales
Siempre que ello se pueda probar, habrá reunión de la asamblea general cuando por cualquier medio los propietarios de bienes privados o sus representantes o delegados puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva de conformidad con el quórum requerido para el respectivo caso. En este último caso, la sucesión de comunicaciones deberá ocurrir de manera inmediata de acuerdo con el medio empleado, de lo cual dará fe el revisor fiscal de la copropiedad.
PARÁGRAFO. Para acreditar la validez de una reunión no presencial, deberá quedar prueba inequívoca, como fax, grabación magnetofónica o similar, donde sea claro el nombre del propietario que emite la comunicación, el contenido de la misma y la hora en que lo hace, así como la correspondiente copia de la convocatoria efectuada a los copropietarios
Las inquietudes y observaciones de contabilidad serán atendidas en la oficina de administración el día 26 de marzo de 2022 en el horario de 9 am a 12 am.
RECOMENDACIONES ESPECIALES
- Si usted no puede asistir, favor otorgar poder a la persona que usted estime conveniente, con facultades especiales para proponer, decidir, votar, así como para postular, en caso de tener la intención de postularse al consejo de administración y comité de convivencia, deberá contar con un poder especial. El poder lo otorga quien aparezca como copropietario(s) en el CERTIFICADO DE TRADICIÓN Y LIBERTAD
- No olvide tener los informes de administración, estados financieros, presupuestos, los cuales se estarán entregando al correo electrónico, plataforma citoplus y página web www.torresdelparque.com
Agradecemos su atención.
EDWIN ARMANDO CIFUENTES RODRÍGUEZ
Administrador
REGLAMENTO DE LA ASAMBLEA
Para el buen desarrollo de la asamblea les sugerimos tener en cuenta el presente reglamento:
1. Debe verificar el correo en el cual le llegaran los documentos y demás información de la asamblea.
2. El propietario que delegue su participación a un tercero, deberá enviar al correo de administración ([email protected]) los datos del contacto y correo con el cual se va a conectar a la asamblea virtual.
3. Las personas que vayan a postularse como presidente, secretario y comisión verificadora del acta, y órganos de control deben inscribirse en el siguiente formulario https://forms.gle/rpUq1LY4qGzhwj5F6 a partir de la fecha y con una semana de anterioridad a la asamblea en el formato adjunto o que llegara al correo con la convocatoria, o al correo del conjunto ([email protected]).
4. Una vez se dé inicio a la asamblea, el residente debe registrar su asistencia en la plataforma virtual con el respectivo usuario y contraseña que será enviado al correo registrado.
5. Cualquier persona puede representar dos o más inmuebles siempre y cuando sean de su propiedad y uno adicional con su respectiva inscripción, y se sumara el quórum de los coeficientes para que haga una sola votación en la plataforma virtual.
6. El apoderado debe ser mayor de edad.
7. El asistente a la asamblea virtual debe acatar las recomendaciones dadas por el presidente de la misma.
8. El propietario o apoderado que desee hacer uso de la palabra, deberá hacerlo con absoluto respeto, en caso contrario el presidente tiene la facultad de dar por terminada la intervención; el uso de la palabra debe hacer referencia al tema que se esté tratando, al momento de intervenir debe identificarse, activar la cámara e indicar nombre, apellido, torre, apartamento, si es propietario o apoderado; la intervención tendrá un tiempo límite de (2) dos minutos. Recuerde que la aplicación tiene un vínculo para pedir la palabra según el orden.
9. Cualquier solicitud o propuesta para tratarse en el punto de varios debe radicarse por escrito a la oficina de administración o al correo de administración máximo hasta el 13 de marzo del 2021, estas serán sometidas a consideración de la asamblea general y podrán ser sustentadas por los proponentes ante la asamblea general en un tiempo prudencial (3 minutos) que será otorgado por el presidente.
10. Los miembros del consejo de administración y área administrativa no podrán representar ningún inmueble adicional.
11. El desarrollo de la asamblea NO permite la intervención para retomar temas ya tratados y aprobados.
12. Los residentes deben verificar con antelación las herramientas tecnológicas que van a utilizar y la conexión a internet.
NOTA: se recomienda tomar fotos del formulario de inscripción o de la asamblea en caso de alguna novedad.